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REGLAMENTO DE CLASES DE TENIS
CARACAS THEATER CLUB
REGLAMENTO DE CLASES DE TENIS
En cumplimiento del Artículo 34, numeral 11 de los Estatutos del Club, la Junta Directiva, ha decidido dictar el siguiente Reglamento de Clases de Tenis.
Artículo. 1. Las clases y clínicas de tenis serán única y exclusivamente para los miembros propietarios, miembros asociados y sus familiares.
Artículo. 2. El pago adelantado se realizará los primeros 5 días de cada mes. En caso de inasistencia por algunas de las partes previo aviso, las clases podrán ser recuperadas o descontarlas de la cancelación del mes próximo según lo acordado entre ambas partes.
Artículo. 3. En caso que el alumno no asista a las clases sin previo aviso, las mismas serán consideradas como impartidas. Se considera como previo aviso un lapso de sesenta minutos antes de la hora pautada. En caso de avisar, se recuperará la clase a conveniencia entre ambas partes.
Artículo. 4. En caso de ausencia temporal del alumno, las clases deben cancelarse o el alumno nombrar un suplente para mantener el cupo.
Artículo. 5. Si en el lapso de un mes el alumno no ha cancelado sus clases, el cupo se considerará vacante.
Artículo. 6. En caso de lluvia:
• Clases individuales: Se descontará 50% del pago de la clase en la mensualidad siguiente o se recuperarán a conveniencia entre ambas partes.
• Clases grupales: Se trabajará con ayuda audiovisual o prácticas en el polideportivo con los alumnos presentes. Si un alumno no asiste a esta actividad grupal, igualmente la clase se le considerará como impartida.
Artículo. 7. Cuando el profesor falte sin previo aviso, las clases podrán ser recuperadas o descontadas de la mensualidad siguiente, según convenio entre las partes.
La Gerencia de Operaciones son los encargados de hacer cumplir a cabalidad el Reglamento de Clases de Tenis. Los miembros propietarios y asociados familiares tienen el derecho y el deber de contribuir a mejorar este Reglamento mediante sus sugerencias y/u observaciones en beneficio de nuestra propia comunidad.
Este Reglamento queda vigente a partir del Primero de Octubre de 2008, (01/10/08), derogando todos los anteriores.
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